viernes, 31 de julio de 2015

Protecciones de la Constitución Nacional argentina contra las dictaduras y tiranías

Protecciones de la Constitución Nacional argentina contra las dictaduras y tiranías
Ezequiel Eiben
30/7/2015

Nuestra Constitución Nacional, un logro jurídico-político de base liberal, repudia el hecho de que una sola persona o grupo de personas atentando contra sus normas concentren todo el poder público, dejen sin efecto las directrices supremas del sistema republicano mediante el acaparamiento total de sus instituciones, actúen como autoridad política fuera de la ley y/o se proclamen por encima de esta, e impongan con arbitrariedad medidas que el resto de la ciudadanía deba cumplir.
Para que estos hechos indeseables a sus ojos no se produzcan, la Carta Magna argentina viene equipada con disposiciones tendientes a asegurar el normal funcionamiento republicano y prevenir que dictaduras o tiranías se enquisten en el poder. Veamos algunos párrafos fundamentales que apuntan al cumplimiento del objetivo.

Preámbulo: Ya desde temprano, en su preámbulo, la Constitución habla de “asegurar los beneficios de la libertad”, encumbrado valor este, que no existe bajo una dictadura. La libertad como algo inalienable del hombre se da en el contexto de un sistema cuya finalidad es proteger, no violar, los derechos de las personas dentro de su órbita.

Artículo 1:  Explícitamente la Constitución adopta el sistema republicano, concepto que de ser respetado implica división de poderes, publicidad de actos de gobierno, periodicidad en los cargos públicos, y demás características que hacen a un estado limitado y transparente. Dictadores y tiranos, por el contrario, buscan destruir la división de poderes y concentrar todo en su persona o íntimo séquito; no sienten la obligación de publicar los actos de gobierno (excepto cuando les conviene, por ejemplo dar a conocer represiones y medidas restrictivas para generar miedo, obediencia y consciencia de control y dominación sobre la población), y muchas veces los actos son publicados pero tergiversados con datos mentirosos y cifras inexactas; y acerca de los cargos hay ejemplos de sobra de dictadores vitalicios, sin olvidar que hoy tenemos modernos tiranos que sin abolir las elecciones planean quedarse toda su vida o larga parte de esta en el poder recurriendo a la compra de voluntades o fraude electoral.

Artículo 5: Aquí se fortalece el federalismo, estableciendo que cada provincia dicta para sí una Constitución bajo el sistema republicano, siendo el gobierno federal garante del ejercicio de sus instituciones. Hay descentralización del poder, respeto por las autonomías provinciales y protección de su normal desenvolvimiento en el marco institucional. Lo contrario buscan las dictaduras y tiranías que en su afán de poder, caja y obediencia debida favorecen el centralismo, el verticalismo y el sometimiento al autoritario superior.

Artículo 14: Menciona los derechos, derivados fundamentalmente de la libertad individual, que los ciudadanos pueden ejercer en el territorio nacional. Una enumeración que las dictaduras y tiranías aborrecen, ya que su pretensión es mantener atado de pies y manos a los súbditos y únicamente darles un escueto margen de actuación en la medida en que esto sirve para el sostenimiento político y económico de los jefes parasitarios.

Artículo 22: Proscribe el surgimiento de autoridades gubernamentales por fuera de la Constitución y a los sediciosos que clamando ser la voz del pueblo se arroguen sus derechos y la facultad de actuar en su nombre. Se mantiene así el imperio de la Ley Suprema y el reconocimiento de los derechos que establece, sin que autoridades extra-legales puedan gobernar sobre la gente y atribuirse potestades de ejercer sus prerrogativas. Algo que pueden hacer quienes buscan instaurar una dictadura es empezar por crear autoridades propias no oficiales, desconociendo el orden legal vigente, para atacar las bases del sistema republicano. También sobran los ejemplos de grupos terroristas que actúan en nombre del pueblo, a veces enviados por dictaduras foráneas para desestabilizar países enemigos, cuyo accionar violento desprecia los derechos individuales de la gente que los sufre.  

Artículo 28: Establece que lo estipulado en la Constitución en materia de principios, garantías y derechos no puede ser alterado por las leyes que reglamenten su ejercicio. Así, se protege la base constitucional liberal buscando evitar que, sin abolir de manera directa su contenido, se lo distorsione y violente mediante mecanismos legales. Se impide así que adoptando legalidad y aparentando legitimidad, disposiciones que en rigor confrontan a la Constitución rijan en el país.

Artículo 29: Prohibición al Congreso de conceder al Ejecutivo nacional, a las Legislaturas provinciales y a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, la suma del poder público, ni sumisiones o supremacías por las que la vida, honor o fortuna de las personas queden a merced de gobiernos o de una persona. Este artículo es clave en contra de las dictaduras y tiranías. Así como el artículo 1 dice lo que el estado argentino es, el artículo 29 dice lo que no puede nunca llegar a ser. Es terminantemente condenada la acción de copar el estado asumiendo todas sus funciones, concentrando el ejercicio de todas sus potestades en una persona, grupo de personas, o partido político. El Congreso no puede ser el medio mediante el cual se les otorgue a las autoridades públicas facultades que van más allá de las permitidas por la letra y espíritu de la Constitución Nacional. Nadie puede convertirse en un dominador político de modo que la vida y los derechos de los argentinos dependan de su voluntad, arbitrariedad o caprichos. Los derechos de la gente deben ser respetados y para eso el orden constitucional debe ser mantenido; no puede haber un reclamo de poder político supremo que atente contra este orden y los derechos por el garantizados. Convertirse en un dictador o un tirano, es tan grave a los ojos de la Constitución, que todo acto encaminado a su consecución es fulminado de nulidad absoluta y quienes los ejecuten son infames traidores a la patria. La dureza del lenguaje da cuenta de la severidad del mensaje.

Artículo 31: Consagra a la Constitución como ley suprema de la nación. Esto es un puntapié inicial para bases sólidas, seguridad jurídica y reglas claras; por su parte, las autocracias exponen como ley suprema a la palabra del líder, sea cual sea, llevando adelante de manera incuestionable un gobierno de hombres, no de leyes.

Artículo 36: Mantiene el imperio de la Ley Suprema aun cuando su observancia fuera interrumpida por actos que atenten contra el orden institucional y el sistema democrático. Reconoce el derecho de resistencia a los ciudadanos frente a tales actos. Los aspirantes a dictadores, cuando quieren llegar a la cima del poder, buscan desintegrar las instituciones de un país, y someten a la población de ser necesario. En este apartado, la Constitución manifiesta que conservará su vigencia por más que su orden establecido sea objeto de ataque, y aclara que los ciudadanos pueden resistir legítimamente a los atacantes.

Artículos 44, 87 y 108: Consagra a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, para que haya división del poder estatal impidiendo su reunión en una misma persona o grupo, alejando a dictadores, tiranos y déspotas que intenten hacerse con la suma del poder público. Es propia de una República liberal la división de poderes para garantizar un ejercicio independiente y transparente, y el sistema de pesos y contrapesos para que se controlen y balanceen entre sí, evitando que uno de ellos pueda tiranizarse dentro de su ejercicio e inclusive extenderse al ámbito de actuación de los otros.

Artículo 120: Asegura la independencia y autonomía funcional del Ministerio Público. Tiene en miras promover la actuación de la justicia en defensa de los intereses ciudadanos. Alguien totalitario que quiera hacerse con todo el poder, está interesado en que los ciudadanos queden indefensos en la búsqueda de sus intereses, o a su merced para alcanzarlos. De ahí la importancia en un sistema que tenga Ministerio Público, que este pueda cumplir su función sin estar bajo la bota de un poder político arrasador.

Artículo 121: Habla sobre la conservación de las provincias del poder no delegado a la nación. Esta norma, ubicada específicamente en la sección que trata de los gobiernos provinciales, sirve para reforzar el federalismo y la descentralización; haciendo que la toma de decisiones en los respectivos ámbitos de competencia vaya quedando más cerca de aquellos a los cuales va a afectar de mayor manera, y previniendo sobre la existencia de paternalistas o mandones en el gobierno nacional que quieran poner a las provincias de rodillas.


Las vistas son algunas de las normas contenidas en la Constitución Nacional que pretenden garantizar la República para que los ciudadanos vivan libremente, y evitar las dictaduras y tiranías que los convierten en esclavos. Ahora bien, una Constitución liberal, por más bien elaborada que se encuentre, se transforma en un mero pedazo de papel de lindas expresiones si el pueblo que la recibe no se encuentra dispuesto a actuar en consecuencia y defenderla cuando es necesario de los usurpadores dictatoriales del poder político. De allí que para evitar a los totalitarios, no es suficiente que exista una Constitución liberal, sino gente de espíritu liberal que además de leerla la aplique en los hechos de la vida pública haciendo retroceder a los que actúan para concentrar todo el poder.      

martes, 28 de julio de 2015

Mejor que un mal acuerdo o un buen acuerdo

Mejor que un mal acuerdo o un buen acuerdo
Ezequiel Eiben
29/7/2015
13 de Av de 5775

Un “mal acuerdo”:

  • ·         Protege la infraestructura nuclear iraní en vez de desmantelarla.
  • ·         Coloca a Irán en la posibilidad de construir armas nucleares a días o semanas de haber expirado el acuerdo.
  • ·         Mantiene más de 5000 centrifugadoras iraníes funcionando.
  • ·         Acerca a Irán decenas de billones de dólares en un inmediato “bonus terrorista”.
  • ·         Destruye procedimientos de verificación y coloca al propio Irán en un comité que votará sobre permitir el acceso a sitios nucleares iraníes bajo sospecha.
  • ·         Compromete a las potencias mundiales a ayudar a Irán a desarrollar mejores y más nuevas tecnologías nucleares.
  • ·         Brinda a Irán acceso a las armas convencionales más avanzadas del mundo al levantar el embargo de la ONU[1].
  • ·         Contempla, como interés político más allá de lo estrictamente nuclear, el levantamiento del embargo de armas a un régimen que públicamente llama al exterminio de países enteros.
  • ·         Otorga legitimidad a las aspiraciones del régimen iraní sin contemplar, por fuera de la materia nuclear, otros intereses políticos importantes para el resto de potencias firmantes, como liberación de rehenes encerrados por los ayatollahs.
  • ·         Otorga a Irán varios días para prepararse antes de que se lleven a cabo las inspecciones.
  • ·         Convierte a Irán, que goza de facultades influyentes en las investigaciones, en una especie de juez y parte sobre el objeto a investigar.
  • ·         Contempla un primer plazo de duración demasiado extenso para tratarse de un acuerdo sobre el cual el líder de uno de los firmantes, presidente Obama de Estados Unidos, ha dicho que no está basado en la confianza.

.
Un “buen acuerdo”:

  • ·         No levanta inmediatamente las sanciones.
  • ·         Contempla restricciones de mayor duración.
  • ·         Desmantela la infraestructura nuclear [que puede ser destinada a armamento]
  • ·         Exige que Irán se sincere acerca de su trabajo militar en el pasado.
  • ·         Permite inspecciones en cualquier lugar, en cualquier momento[2].
  • ·         No transforma a Irán en la especie de juez y parte, no le concede facultades que influyan en la investigación ni lo incluye en el comité que vota sobre los permisos.
  • ·         Analiza el contexto total de las relaciones y problemas entre los países y contempla –aún como un puntapié inicial para otro acuerdo específico- la situación de los rehenes que mantiene el régimen iraní.
  • ·         No otorga a Irán días de preparación antes de los controles sobre sus actividades.
  • ·         No levanta embargo de armas a un régimen probadamente asesino, que clama por borrar países del mapa (incluido uno de los firmantes), bajo sospecha de querer desarrollar armas nucleares, y que no manifiesta arrepentimiento o cambio de intenciones.


Mejor que un “mal o buen acuerdo”:

  • ·         No firmar ningún acuerdo con el régimen totalitario de Irán.


El acuerdo firmado por el grupo 5+1 con Irán es perjudicial para los interesados en detener a los fanáticos ayatollahs, principalmente por dos motivos, más allá del tiempo que se le da a Irán antes de inspeccionarlo (como si a un criminal le dieran tiempo de limpiar la escena del crimen), o las verificaciones sobre las que el propio Irán tendrá influencia.
Primero porque este acuerdo una vez finalizado no habrá impedido al régimen iraní de hacerse con armas nucleares de manera definitiva o siquiera duradera, por el contrario facilitará legalmente su camino. El acuerdo no es un freno definitivo a las aspiraciones de Irán, sino un período que este país debe transitar hasta estar en condiciones de dar el gran paso poco tiempo después ya sin tener que sentirse atado a las disposiciones previstas.
Segundo, porque no es como lo pinta Obama, que si Irán incumple los términos, el acuerdo se termina. Al contrario, a Irán le interesa cumplir los términos del acuerdo, ya que mediante su cumplimiento quedará, luego de transcurrido su plazo, en posición favorable para terminar de desarrollar sus armas nucleares. No es que Irán se siente amenazado por el acuerdo y su posible levantamiento; al contrario, estará cómodo siguiendo sus pasos y le interesará que siga para gozar del manto de legalidad y consentimiento recíproco que este documento otorga. El acuerdo está diseñado de tal manera, que Irán, para conseguir un arma nuclear, no tiene que violar el acuerdo, sino cumplirlo. Es decir, para que Irán obtenga lo que los firmantes supuestamente no quieren que obtenga, se deben respetar los términos firmados; el incentivo para Irán está en seguirlo, no en violarlo, para lograr la meta que se pretendía evitar. Irán, con paciencia, puede seguir el acuerdo por 10 años, y transcurrido el plazo hacer de las suyas en condiciones favorables y en un período relativamente corto.   
Más allá de todo, mejor que un mal acuerdo o un buen acuerdo, es no firmar un acuerdo con un régimen totalitario, fanático, terrorista, asesino, cuando no se está obligado a hacerlo ni es una situación en la que no queda otra salida. Ningún acuerdo con estos despreciables, para no legitimar sus intereses, no ceder a sus reclamos, no tratarlos como partes iguales en una negociación supuestamente limpia, ni tener que estar esperando la puñalada por la espalda que puede venir en cualquier momento.



[1] Puntos mencionados por The Israel Project. Más información en la web: http://www.nobombforiran.com/
[2] “”

jueves, 23 de julio de 2015

Robespierre y Rousseau: conocer al alumno rastreando al maestro

Robespierre y Rousseau: conocer al alumno rastreando al maestro
Ezequiel Eiben
23/7/2015

Para entender el origen de la actuación de un hombre, hay que fijarse en el código ético que sostiene racionalmente o que místicamente profesa; aquellos principios (explícitos o implícitos en su mente) de los que se vale para ejecutar, guiar, explicar o justificar sus acciones.
El código ético puede adoptar -para organizar y escalonar sus valores- a distintas teorías morales. La teoría intrínseca es la que generalmente han abrazado los personajes más sanguinarios de la historia. Ayn Rand la explica de la siguiente manera:

“La teoría intrínseca sostiene que el bienestar es inherente a ciertas cosas o acciones como tales, sin tener en cuenta su contexto y sus consecuencias, sin tomar en consideración cualquier beneficio o lesión que puedan causar a los actores y sujetos involucrados. Es una teoría que divorcia el concepto del “bienestar” de los beneficiarios y el concepto de “valor” del evaluador y del propósito, afirmando que el bienestar es bueno en sí, por sí y a partir de sí mismo.
(…) La teoría intrínseca considera que el bienestar radica en alguna suerte de realidad independiente de la consciencia del hombre (…).
Si un hombre cree que el bienestar es intrínseco a ciertas acciones, no vacilará e forzar a otros a realizarlas. Si él cree que el beneficio humano o el agravio que es causado por tales acciones no es significativo, estimará que un mar de sangre carece de significación. Si él cree que los beneficiarios de tales acciones son irrelevantes (o intercambiables), considerará una matanza “masiva” como su deber moral al servicio de un bienestar “superior”. Es la teoría intrínseca de los valores la que produce a un Robespierre, un Lenin, un Stalin, o un Hitler (…)”[1].

La descripción de Rand sobre la teoría y sus portadores es extremadamente precisa, como comprobaremos a continuación. Notemos que la filósofa menciona entre los ejemplos de hombres famosos por sus detestables carnicerías humanas, a Maximilien Robespierre. Este fue un fanático líder de los jacobinos durante la Revolución Francesa, uno de los responsables de la etapa del Terror Rojo, caracterizada por ejecuciones y represión contra los que se creían conspiradores y también contra los que simplemente resultaban desagradables e indeseables a los ojos de su línea jacobina (porque la falta de pruebas firmes no era obstáculo para evitar la condena). Dijo Robespierre, el terrorista de la época:

“Si el principal instrumento del Gobierno popular en tiempos de paz es la virtud, en momentos de revolución deben ser a la vez la virtud y el terror: la virtud, sin la cual el terror es funesto; el terror, sin el cual la virtud es impotente. El terror no es otra cosa que la justicia rápida, severa e inflexible; emana, por lo tanto, de la virtud; no es tanto un principio específico como una consecuencia del principio general de la democracia, aplicado a las necesidades más acuciantes de la patria”[2].     

Robespierre asocia al terror los conceptos de virtud, justicia y democracia; algo que suena paradójico, contradictorio, increíble. Por estas expresiones alcanzamos a divisar su código ético para entender sus acciones enaltecedoras de la guillotina y la matanza, inclusive contra inocentes. Utilicemos la descripción de Rand para encuadrar al revolucionario:

  • ·         Buscó el supuesto bienestar de su patria sin tener en cuenta –como obstáculo- las lesiones que causó a tanta gente reprimida.
  • ·         Como miembro del Comité de Salvación Pública  cargó contra individuos e instituciones para imponer lo que era según su visión la virtud, pisoteando las valoraciones de los demás, divorciando al valor del sujeto que valora.
  • ·         Forzó a otras personas mediante leyes redistribuidoras, confiscaciones, impuestos y supresiones educativas.
  • ·         Protagonizó un mar de sangre mediante ejecuciones a los “enemigos”.
  • ·         Consideró a las matanzas como acciones morales al servicio del interés superior de la patria.

Encaja a la perfección, ¿verdad? Pero no nos quedemos en sus acciones provenientes del código ético, ni en los valores que este establecía. Vamos más a fondo, a la procedencia del mismísimo código ético. ¿A quién leyó Robespierre? ¿En quién se basó para formar su jerarquía moral? El propio jacobino nos da las respuestas:

“Rousseau es el único hombre que, a través de la elevación de su alma y la grandeza de su carácter, se mostró digno del papel de maestro de la humanidad”[3].

Jean-Jacques Rousseau fue uno de los principales filósofos opositores a los valores de la Ilustración en marcha sobre Francia durante el siglo XVIII. Murió antes de que comenzara la Revolución Francesa, pero dicho acontecimiento estuvo influenciado sobre todo en determinado momento por sus escritos, los cuales cobraron gran relevancia, tal y como atestigua Robespierre. Explica el Profesor Stephen Hicks:

Al momento de su muerte [1778], los escritos de Rousseau eran bien conocidos en Francia, aunque no ejercían la influencia que tenían cuando Francia entró en su Revolución. Fueron los seguidores de Rousseau quienes prevalecieron en la Revolución Francesa, especialmente en su destructiva tercera fase [cuando los girondinos y jacobinos van acumulando mayor poder].
(…) Los líderes jacobinos eran, en forma explícita, discípulos de Rousseau.
(…) Bajo el control de los jacobinos, la Revolución se volvió más radical y más violenta. Ahora eran los voceros de la voluntad general (…) consideraron conveniente que muchos murieran[4]
.

Una de las obras más encumbradas por los seguidores de Rousseau fue El contrato social. Veamos algunos de los pronunciamientos del autor. Habla de una “religión civil” en el capítulo VIII del libro IV, por medio de la cual se obedece al soberano:

Existe, pues, una profesión de fe puramente civil, cuyos artículos deben ser fijados por el soberano no precisamente como dogmas de religión, sino como sentimientos de sociabilidad sin los cuales no se puede ser buen ciudadano ni súbdito fiel. Sin poder obligar a nadie a creer en ellos, puede expulsar del Estado a quienquiera que no los admita o acepte; puede expulsarlo, no como impío, sino como insociable, como incapaz de amar sinceramente las leyes, la justicia, y de inmolar, en caso necesario, su vida en aras del deber. Si alguien después de haber reconocido públicamente estos dogmas, se conduce como si no los creyese, castíguesele con la muerte: ha cometido el mayor de los crímenes, ha mentido ante las leyes[5].  

Aunque el párrafo habla por sí mismo, agrego mis comentarios para fijar la idea del contenido. Rousseau era un autor que explícitamente renunciaba a la razón para seguir a los sentimientos y la fe; en este caso plantea someter a la población a una fe civil relacionada al soberano que rige la sociedad. El soberano promoverá la sociabilidad de los súbditos mediante sentimientos; las personas se someterán a las reglas del soberano en base a sentimientos. Si los artículos de fe del soberano no son aceptados, este hecho vale la expulsión del Estado: no hablamos de sentimientos menores, sino del amor, de amar a las leyes del soberano, y si no somos capaces de hacerlo, se justifica que nos echen porque fracasamos en la sociabilidad. Pero lo peor viene cuando luego de aceptar la fe civil, actuamos de manera que no lo reflejamos, sino que damos la imagen de no creer lo que previamente admitimos. Como si hubiésemos traicionado el credo que públicamente asumimos, proyectando una falsa credibilidad en nuestros sentimientos. En tal caso merecemos la muerte, pues no hay peor acción que haberle mentido al soberano y sus artículos. Actuar mediante otros sentimientos que no encuadran en el dogma civil, no solo es un crimen; es un crimen merecedor de la pena capital.
En el capítulo V del libro II encontramos otro pasaje de similar tenor, en referencia a que los ciudadanos no disponen de su propia vida, considerándose esta en una especie de relación de dependencia con el Estado:

(…) el ciudadano no es el juez del peligro a que la ley lo expone, y cuando el soberano le dice: “Es conveniente para el Estado que tú mueras”, debe morir, pues bajo esa condición ha vivido en seguridad hasta entonces, y su vida no es ya solamente un beneficio de la naturaleza, sino un don condicional del Estado”[6]

Los contratantes, al ingresar a este pacto, no tienen derecho absoluto e inalienable sobre su vida. Si viven al amparo del Estado, este tiene sus exigencias para con ellos, que incluyen la de entregar la vida. Recordemos que de ser necesario hay que inmolar la propia vida en aras del deber de la religión cívica. La vida es un don condicional del Estado, y si el soberano la reclama porque las circunstancias así lo exigen, hay que darla. No querremos quedar como antisociales.
Este material del autor francés es suficiente para que lo pongamos bajo la lupa objetivista de Rand respecto de la descripción citada, como hicimos con su aprendiz revolucionario.

  • ·         Al considerar que los hombres dejan su particularidad de lado para pasar a ser parte del todo, un todo que expresará una voluntad general por encima de las voluntades privadas indeseables, Rousseau hace a un costado la individualidad en beneficio de un bienestar general superior.
  • ·         La comunidad organizada en el Estado, que conforma una estructura colectiva superior, impone deberes y tiene la potestad de forzar a las personas a realizar ciertas acciones, incluida la de inmolarse.
  • ·         Las leyes emanadas del soberano como líder supremo al cual nos hemos entregado, tienen valor en sí como una religión, independientemente de nuestras valoraciones particulares, y si no compartimos los sentimientos que inspiran estos dictados, meremos expulsión, o la misma muerte si tras haber admitido las leyes no actuamos en consecuencia por tener sentimientos desviados.

Evidentemente, las acciones de Rousseau consistentes en escribir un libro como el citado, se afincaron en un código ético asimilable a los que produce la teoría intrínseca. Lo realizado por el alumno Robespierre no es casualidad, tenía dónde aprender; y lo escrito por el maestro Rousseau tampoco, tenía en qué basarse. Ambos, maestro y alumno, en sus acciones de redactar principios de derecho político o comandar revoluciones, reflejan la ética subyacente, y esta convierte a los resultados en esperables, derivaciones lógicas en la práctica de los postulados teóricos. Cuando una ética colectivista -que sacrifica a las partes por el todo y autoritariamente impone deberes en aras de un supuesto beneficio mayor independiente de los sojuzgados- arma campamento en la mente de los hombres, y se arraiga al nivel de los exponentes de marras, si estos se proponen escribir o hacer política, de su parte no puede esperarse otra cosa que un escrito oscuro o una política sanguinaria.          


[1] Rand, Ayn; Capitalismo: El ideal desconocido, Editorial Grito Sagrado, p. 28, 29.
[2] Citado en: Zizek, Slavoj; Robespierre. Virtud y terror, Ediciones Akal, p. 7
[3] Hicks, Stephen; Explicando el posmodernismo. La crisis del socialismo, Barbarroja Ediciones, p. 91
[4] Explicando…, p. 90, 91
[5] Rousseau, Juan Jacobo; El contrato social, Los libros del mirasol, p. 25
[6] El contrato…, p. 175

martes, 21 de julio de 2015

Sionismo como ideal de justicia. El enfoque de Jabotinsky.

Sionismo como ideal de justicia. El enfoque de Jabotinsky.
Ezequiel Eiben
22/7/2015
6 de Av de 5775

“Una de dos, o el sionismo desde un punto de vista moral es un fenómeno positivo o es negativo. Pero este problema debíamos haberlo resuelto antes de ingresar a este movimiento y si lo hicimos es porque vimos su aspecto positivo, es decir, vimos en él un factor moral, tendiente a un ideal de justicia.
Y si el ideal es justo, debe la justicia triunfar, sin tomar en cuenta la aprobación o desaprobación por parte de elementos ajenos”
[1].

Vladimir Jabotinsky era una figura imponente, y hacía gala de su imagen y personalidad mediante la impronta de sus textos. Uno de los escritos fundamentales del pensador judío es el citado ut supra. Allí, en La ética de la Muralla de Hierro, Rosh Betar aborda al sionismo desde un enfoque moral. Efectúa el planteo de opciones mutuamente excluyentes: el sionismo es moral, o bien es inmoral. Puntualiza que decidir sobre esa cuestión determinante era un primer paso, no algo a resolver sobre la marcha. Es decir, no había que sumarse al sionismo sin saber su significado moral y averiguarlo ya en el camino. Por el contrario, la evaluación del sionismo como fenómeno moral correspondía a un primer momento, y habiendo concluido que es positivo, ahí era correcto sumarse al movimiento.
El resultado final del análisis moral exhibía al sionismo como tendiente a la justicia. Como movimiento, estaba moralmente aprobado. Un estado para el pueblo judío en su patria ancestral, tras haber sido desposeído, perseguido, y asesinado en masa, constituía un ideal deseable para los sionistas que buscaban salvaguardar a su gente, reconstruir su hogar y reivindicar la dignidad que los enemigos trataban de quitarles.
Y si el sionismo era moral, era justo, debía llevarse adelante independientemente de la anuencia o venia de quienes no formaban parte de él. En el contexto de Jabotinsky (el texto es de 1933), el sionismo revisionista por él fundado pensaba en concretar los objetivos sionistas, aunque el Mandato Británico se mostrara renuente a cumplir con su propósito original de favorecer el establecimiento de lo que en el futuro cercano sería Israel; y a pesar de la oposición de los árabes que rechazaban el renacimiento de la soberanía judía sobre su tierra histórica. Más allá del contexto histórico concreto, la reflexión de Jabotinsky dejaba una enseñanza ética abstracta: la justicia debe prevalecer, aunque algunos no lo quieran; el justo debe obrar como es correcto sin que la desaprobación de los de afuera lo detenga.
El objetivo tan ansiado por Jabotinsky se alcanzó, aunque no pudo presenciarlo en vida: en 1948 el moderno Estado de Israel vio la luz de manera oficial. El sionismo del momento logró su cometido y los judíos volvían a gozar de la soberanía en la patria añorada.
Hoy en día, con Israel ya nacido y floreciente, ¿cuál es la manera de honrar al sionismo creador y fundador? Mantener a Israel con vida es una tarea de primer orden. Habiendo sido el movimiento sionista algo moralmente positivo, la concreción máxima de su meta es un resultado moralmente positivo. Justicia es que Israel exista, y justicia es que sea defendido para su conservación actual. Y si el ideal es justo, en palabras de Jabotinsky, debe la justicia triunfar. Israel debe triunfar, le duela a quien le duela entre sus detractores, lo desapruebe quien lo desapruebe entre los elementos ajenos. El contexto de hoy exhibe en su galería de enemigos a estados terroristas como Irán que amenaza con borrar a Israel del mapa, organizaciones terroristas como Hamas que lo atacan para sustituirlo por un estado palestino, la izquierda posmoderna mundial que lo descalifica permanentemente para socavar las mismísimas bases fundacionales del sionismo. La reflexión de Jabotinsky no resulta desfasada, y aún hoy incita a los israelíes y sionistas a no bajar la cabeza, no dejarse derrotar por los que embisten contra un ideal de justicia, y actuar por la senda del bien para cuidar lo que el sionismo conquistó actuando moralmente.      
Por último, no hay que distraerse y en un descuido olvidar a quienes desde dentro del propio Israel, tratan de dinamitar la obra construida por el sionismo. Israelíes abiertamente anti-israelíes, rabiosamente anti-sionistas, partidarios de abolir o descuartizar al país judío, o de mantenerlo como un hecho lamentablemente consolidado pero acarreando sensación de culpa por ser malparido. Algunos hasta se escudan en banderas sionistas para darle a sus posiciones un halo de justificación al hablar desde una supuesta posición pro-sionismo. Ante esto, la defensa de Israel exige a sus representantes seguridad en sus principios, y no contradicción en sus premisas básicas. Si el principio es la protección del hogar de los judíos ante sus enemigos (internos o externos) y la conservación del logro sionista, pues se debe actuar sin concesiones para respetarlo. La existencia de Israel no es negociable; la auto-defensa necesaria para mantenerla, tampoco. Si se sostiene, como los judíos de la época que se sumaron al movimiento, que el sionismo es moral y tiende a la justicia, pues entonces no se debe albergar la contradicción que corroe los cimientos éticos al decir que la existencia de Israel incurre en la inmoralidad y la injusticia. Israel ha sido un proyecto moral y hoy es una realidad digna de admiración y reverencia. Horas y horas pueden pasar al calor de las discusiones sobre aspectos formales de Israel, como elementos de su configuración política, diplomacia y relaciones internacionales, estrategias militares, etc. Lo que no puede saltearse como enunciación básica y fundamental, es el derecho de Israel a ser. Aun en los casos donde el ataque proviene de un elemento interno que se autodenomina sionista para justificarse.
Vladimir Jabotinsky, gran pensador sionista y activista en pos de la justicia para el pueblo judío, legó una base ética para justificar el nacimiento y la preservación del Estado Judío. Honrar su memoria de la mejor manera no es solamente leerlo y recordarlo, sino hacer efectivo el cumplimiento de los requisitos para la existencia y defensa de Israel.      



[1][1] La ética de la Muralla de Hierro, Vladimir Jabotinsky

miércoles, 15 de julio de 2015

Independencia acompañada de Libertad

Independencia acompañada de Libertad
Ezequiel Eiben
15/7/2015

"La emancipación no es un hecho simple. Tener libertad política y no tener libertad artística, filosófica, industria es tener libres los brazos y la cabeza encadenada. Nuestros padres nos dieron una independencia material; a nosotros nos toca la conquista de una forma de civilización propia"
Juan Bautista Alberdi


9 de Julio es el Día de la Independencia en Argentina. La cita precedente –escrita años posteriores a 1816- corresponde a uno de los más formidables intelectuales del por entonces joven país, un liberal ilustrado cuya obra se transformó en base fundamental de la Constitución Nacional. Refiere a que los padres fundadores lograron la independencia nacional, ya no depender de una metrópoli y que el pueblo pase a gobernarse a sí mismo mediante un gobierno propio. Puntualiza que la tarea no finaliza allí: ya independientes, por delante se encuentra el objetivo de construir una sociedad civilizada y libre. ¿De qué sirve independizarse del extranjero si esto solo conduce a ser siervos de un gobierno local? Para cumplir el propósito de vivir como personas civilizadas en una sociedad que adscribe al progreso, la independencia debe ir acompañada de la libertad. Para que tenga verdadero sentido el acto de liberación de tiranías y dominios extranjeros, el proyecto debe visualizar la libertad individual; no proponer abandonar una tiranía solo para abrazar otra, esta vez con el sello nacional.
La libertad individual es amplia y no se agota en la esfera estrictamente política. No se puede hablar correctamente de libertad si lo único que tenemos es la posibilidad de ser gobernados por mandatarios connacionales y el derecho a votarlos. La libertad del hombre comprende un gran marco de acción en el cual este puede desenvolverse como tal. Alberdi comprendía esto; de ahí sus enseñanzas en pos de la libertad para imaginar y crear, para pensar y publicar, para comerciar y contratar.
Es preciso apuntar también que el hombre no es un mero cuerpo que vaga por ahí pudiendo considerarse plenamente realizado si goza de simple libertad de locomoción. El individuo posee una mente que le da la posibilidad de transformar su entorno y adaptarlo a sus necesidades, valerse de la naturaleza para elaborar lo artificial, y elevarse del nivel de subsistencia hacia el logro de una vida confortable. Por ello es correcto la metáfora escrita: no solo debemos tener libres los brazos; si queremos civilización debemos tener libre la cabeza. La mente es el último reducto inconquistable del hombre, y de allí sale el pensamiento que guía las ideas de libertad. Mientras mayor sea el marco de libertad para que el individuo desarrolle su pensamiento, mayores serán las posibilidades de progreso.
En la importante fecha patria del 9 de Julio, no olvidemos las dos patas de un país que quiera mantenerse por la buena senda y en el cual los individuos sigan sus proyectos de vida de óptima manera: Independencia y Libertad. Independencia acompañada de Libertad. Para que la primera no sea solo un espejismo, y que la segunda haga valer la pena luchar por la primera.   
   

martes, 14 de julio de 2015

Acuerdo “histórico”, por lo malo.

Acuerdo “histórico”, por lo malo.
Ezequiel Eiben
15/7/2015
28 Tammuz 5775

Finalmente se llegó a un acuerdo entre Irán y el 5+1 (Los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU –Estados Unidos, Rusia, Francia, China y Reino Unido- más Alemania). Basado en la idea de limitación del programa nuclear iraní como contrapartida de alivios en las sanciones internacionales que pesan sobre Teherán[1], el acuerdo es “histórico” para el Presidente de Estados Unidos Barak Obama y el resto que lo apoya, quienes alegan públicamente que esto detendrá a Irán en su ambición de conseguir bombas nucleares. Para quienes nos oponemos al acuerdo, el carácter de “histórico” dice presente pero de una forma muy distinta: no de manera positiva como lo presenta la administración Obama, sino “histórico” por lo malo que es para la paz y seguridad de Israel y los racionales opositores al islamismo. Es histórico por el peligro que conlleva sus medidas de cara a Irán, por el precedente que sienta en cuanto a negociaciones con el régimen de los ayatollahs, y por el modo en que Occidente y el mundo semi-libre ceden ante la pretensión del islamismo y el mundo totalitario.
Obama declaró desde la Casa Blanca: "Hoy, después de dos años de negociaciones de los Estados Unidos, junto con la comunidad internacional, ha logrado algo que décadas de animosidad no consiguieron: un acuerdo global a largo plazo con Irán que va a evitar que obtenga un arma nuclear”[2]. Un político mucho mejor que Obama, el Primer Ministro de Israel Benjamin Netanyahu, afirmó -con razón- lo contrario: “Al no desmantelar el programa nuclear de Irán, en una década este acuerdo le dará a un régimen terrorista sin reformar, impenitente y más rico la capacidad de producir muchas bombas nucleares, de hecho, un arsenal nuclear entero con los medios para lanzarlo. ¡Qué error histórico impresionante!”. Netanyahu también subrayó la posición de su país: “Israel no está obligado por este acuerdo porque Irán sigue buscando nuestra destrucción. Siempre vamos a defendernos”[3]. Incluso voces de la oposición a Netanyahu en Israel se alzaron contra el resultado de las negociaciones. Tzipi Livni expresó que el acuerdo “no solamente es pésimo por lo que dice sino por lo que no contiene”[4].
¿Por qué los opositores a este defectuoso acuerdo insisten en que es una mala movida? The Israel Project señala puntos cruciales para calificarla de dicha manera[5]:

·        Protege la infraestructura nuclear iraní en vez de desmantelarla.
·        Coloca a Irán en la posibilidad de construir armas nucleares a días o semanas de haber expirado el acuerdo.
·        Mantiene más de 5000 centrifugadoras iraníes funcionando.
·        Acerca a Irán decenas de billones de dólares en un inmediato “bonus terrorista”.
·        Destruye procedimientos de verificación y coloca al propio Irán en un comité que votará sobre permitir el acceso a sitios nucleares iraníes bajo sospecha.
·        Compromete a las potencias mundiales a ayudar a Irán a desarrollar mejores y más nuevas tecnologías nucleares.
·        Brinda a Irán acceso a las armas convencionales más avanzadas del mundo al levantar el embargo de la ONU.

En 1938, en ocasión de reunirse por el Pacto de Múnich, Adolph Hitler como Führer alemán y Neville Chamberlain en calidad de Primer Ministro británico firmaron un documento que apuntaba a garantizar la paz entre las naciones mediante la consulta y el diálogo[6]. Chamberlain exclamó en tono triunfal, al regresar aplaudido a Londres, que en ese papel llevaba la paz de su tiempo. Precisamente el tiempo, de manera rápida e implacable, demostraría el rotundo fracaso de su política de apaciguamiento frente a la bestia totalitaria nazi. No consiguió la paz de su tiempo; por el contrario, la guerra más grande conocida por la humanidad  hasta ese momento se desató en un suspiro.
En 2015, tras reunirse los equipos negociadores en Viena, Obama anuncia que su famoso acuerdo con Irán evitará que el país persa consiga armas nucleares, y por ende la paz y seguridad en la región será conseguida. Los demócratas frente a la pantalla de televisión aplauden el “logro”. Un elemento de análisis no menor: la contraparte de Obama es una bestia totalitaria, versión islamista. Y esta bestia no finge tanto en la previa como Hitler: sus líderes reiterada y públicamente, junto a enardecidas multitudes, claman “Muerte a América”, “Muerte a Israel”. Cuando la farsa quede al descubierto (ante los ojos ahora dormidos, porque los ojos despiertos ya saben lo que pasará), el 5+1 no podrá alegar que la historia no le avisó lo que venía.
Resta destacar lo falsificadores de la realidad que son Obama y los negociadores. Sostener que Irán cumplirá los términos del acuerdo en aras de la paz y no en búsqueda de un arsenal nuclear para desatar la guerra santa, es una falsedad. Hay dos posibilidades para tener en consideración: Primera posibilidad, que Obama esté equivocado, manejándose en base a premisas erróneas pero en verdad creyendo lo que dice sobre el impedimento a Irán. Esto no lo exime moralmente de las evasiones y falsificaciones que protagoniza al hacer oídos sordos ante las declaraciones de los ayatollahs y cerrar los ojos cuando delante tiene señales que inducen por lo menos a sospechar (como las trabas que pone Irán a las inspecciones internacionales en sus instalaciones); pero lo sitúa en el lugar de alguien que actúa por convencimiento intentando ser coherente entre lo que dice y hace según sus propios parámetros. Defendiendo su posición estadounidense y de aliado a Israel; de mala manera, pero defendiéndola al fin.
Segunda posibilidad, y más grave aún, es que Obama esté mintiendo en su posición pública, y a sabiendas esté firmando un acuerdo malo. La evidencia que apoya la desconfianza a Teherán es demasiado clara y notoria como para dejarla pasar, e Irán mismo se encarga de recordar día tras día su animosidad religiosa e ideología política anti-americana, anti-israelí, anti-occidental. En este escenario peor, Obama estaría actuando deliberadamente en contra de su mandato, alentando a la bestia a salir de la cueva y enseñar sus fauces, y a premiarla por ello. ¿Esto es caer en teorías conspirativas sobre un caballo de troya o quinta columna? No necesariamente. Hay gente en el mundo a la cual no le hace falta aliarse en público o en secreto con monstruos para destruir; el propio código moral no objetivo y anti-existencia que adoptan y siguen sin cuestionar es suficiente para que demuestren ansias por la destrucción, lo irracional y la bajeza. Quizás no lleguen a medir todas las consecuencias de sus acciones, pero no les hace falta.
En su fuero interno, Obama sabrá bien por qué siguió adelante en la negociación de un acuerdo con un régimen teocrático terrorista aspirante a genocida nuclear. Lo mismo va para el resto que hizo al acuerdo posible.
Lo concreto es que estando la existencia de Israel en juego, se llegó al acuerdo. Tal vez si otro fuera el principal amenazado y se viera a sí mismo con serias posibilidades de desaparecer del mapa, no habría acuerdo sino invasión, o por lo menos habría un mejor acuerdo, mucho más duro. Pero cuando es Israel quien está en la zona caliente, las cosas son así. Por eso, los que apoyan a Israel esperan que el Primer Ministro cumpla su promesa: no ligarse al acuerdo, siempre defenderse.         



[1] Leer más en: Los puntos clave del histórico acuerdo nuclear entre Irán y las seis grandes potencias
http://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/07/150714_iran_acuerdo_nuclear_potencias_ac
[2]Para Barack Obama, el acuerdo con Irán "corta todas las vías para un arma nuclear"
http://www.lanacion.com.ar/1810263-barack-obama-acuerdo-nuclear-con-iran
[5] Más información en la web http://www.nobombforiran.com/
[6] Ver más en: El Pacto de Munich 1938
http://www.historiasiglo20.org/GLOS/pactomunich.htm

La trampa en el uso de la palabra “Garantismo”

La trampa en el uso de la palabra “Garantismo”
Ezequiel Eiben
13/7/2015


En Argentina, lo que hoy entendemos por “Garantismo” ha tenido en Eugenio Zaffaroni a su principal representante judicial, quien junto a sus acólitos levanta la bandera de las “garantías”.
Ahora bien, llamarse a sí mismos “garantistas”, en el sentido en que lo hacen, envuelve una trampa en el uso de las palabras. ¿Qué quiere decir, a grandes rasgos y de manera general, que alguien es garantista? Que es una persona que reconoce las garantías establecidas en la Constitución Nacional las cuales deben ser obedecidas por el código penal y toda legislación acorde (por ejemplo el debido proceso). Pero, y aquí viene el punto crucial, hay que distinguir entre una manifestación meramente jurídica de Garantismo, y una manifestación ideológica. El Garantismo de Zaffaroni y compañía implica una determinada ideología política que trasciende su recepción en el ordenamiento jurídico. Quienes nos oponemos al Garantismo como ideología, también queremos respetar las garantías de la Constitución, que son aceptadas por personas de distintas procedencias. Pero por la trampa de los ideólogos al embanderarse en las garantías como si fueran sus exclusivos guardianes, quienes nos oponemos al Garantismo ideológico quedamos como si nos opusiéramos jurídicamente a las garantías de la Carta Magna. Y esto no es así: nosotros también queremos que una persona -llegado el caso- sea juzgada, tenga derecho a la defensa en juicio, a ser oída, a presentar pruebas, a valerse de un abogado, y que rija el principio de inocencia, que hasta que no se demuestre culpabilidad no pueda ser penada.
Los garantistas de hoy, asumiendo su nombre, se creen los únicos voceros de las garantías de la Constitución. Frente a esto, hay que desenmascarar que su concepción amplia no es primariamente una posición jurídica exclusiva (los anti-ideología garantista también respetan las garantías legales), sino una posición ideológica de concreto favorecimiento a delincuentes y criminales. Como consecuencias de la aplicación jurídica práctica de la ideología, se pueden encontrar casos donde jueces como Horacio Piombo y Ramón Sal Llargués (Sala I de la Cámara de casación penal de la Provincia de Buenos Aires) disminuyen la pena al violador de un niño porque este último ya tiene la identidad homosexual definida, está acostumbrado a ser abusado y el abuso no resulta tan ultrajante. ¿El acusado de violación debe ser sometido al proceso? Sí. Ahora, ¿de dónde se concluye que la Constitución, sus garantías y códigos dictados en subordinación, dicen o permiten interpretar que si se viola a un nene homosexual hay que reducir penas? En otro caso, el fiel guardián de las garantías Zaffaroni consideró como atenuante, cuando un portero de edificio obligó a una menor de siete años a practicarle sexo oral, que la luz estaba apagada. ¿El portero debía ir a juicio? Sí. Pero cabe preguntarse: ¿qué garantías jurídicas nos incitan a pensar que si no hay oscuridad no hay abuso sexual, o bien que a falta de luz la gravedad de forzar a otra persona a practicar sexo oral disminuye?
Los dos casos señalados sirven para ver, por encima del respeto a la garantía del debido proceso, las posiciones de los jueces identificados con el Garantismo ideológico presente en los tribunales argentinos. La tarea es desenmascarar a estos ideólogos y cómplices para que no asuman sin oposición esos nombres pomposos, moralmente aprobables y apariencia de corrección, que emplean para disfrazar y transmitir una determinada posición ideológica (nefasta, por cierto).